Departamentos Pedagógicos
Coordinador de Seminario

Art. 72.- Competencias.

72.1.- Son competencias del Coordinador del Seminario-Departamento:

a) Convocar y moderar las reuniones del Seminario-Departamento.
b) Coordinar el trabajo del Seminario-Departamento en la elaboración de las programaciones del área de cada curso, procurando la coherencia en la distribución de los contenidos a lo largo de los niveles y ciclos; en la propuesta de los objetivos mínimos y criterios de evaluación y en la selección de materiales curriculares.
c) Elaborar los oportunos informes sobre las necesidades del Seminario-Departamento para la confección del presupuesto anual del Centro.

72.2.- Número de Departamentos:

Habrá tantos Departamentos o Seminarios, como los que el Director General crea conveniente para que exista una coordinación en la investigación, programación y enseñanza de las disciplinas que correspondan.

Se determinan, en principio, 4 Departamentos:
- Ciencias (Materias: Matemáticas, CC. Naturales, Física, Química, Biología e Informática)
- Lenguas: Lengua Castellana, Lengua Inglesa, Lengua Francesa, Lengua Valenciana.
- Humanidades: Ciencias Sociales, Formación Religiosa, Vida Moral y Reflexión Ética.
- Arte y Tecnología: Plástica, Música, Educación Física, Tecnología.

Cada año se ratificará el Jefe del Departamento.

Art. 73.- Nombramiento y cese.

El Coordinador de Seminario es nombrado y cesado por el Director General de entre los miembros del Seminario, a propuesta del Director Pedagógico y oído el parecer de los miembros del Seminario.

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