Departamentos
Pedagógicos
Coordinador de Seminario
Art. 72.- Competencias.
72.1.- Son competencias del Coordinador del Seminario-Departamento:
a) Convocar y moderar las reuniones del Seminario-Departamento.
b) Coordinar el trabajo del Seminario-Departamento en la elaboración
de las programaciones del área de cada curso, procurando la coherencia
en la distribución de los contenidos a lo largo de los niveles y ciclos;
en la propuesta de los objetivos mínimos y criterios de evaluación
y en la selección de materiales curriculares.
c) Elaborar los oportunos informes sobre las necesidades del Seminario-Departamento
para la confección del presupuesto anual del Centro.
72.2.- Número de Departamentos:
Habrá tantos Departamentos o Seminarios, como los que el Director General crea conveniente para que exista una coordinación en la investigación, programación y enseñanza de las disciplinas que correspondan.
Se determinan, en principio, 4 Departamentos:
- Ciencias (Materias: Matemáticas, CC. Naturales, Física, Química,
Biología e Informática)
- Lenguas: Lengua Castellana, Lengua Inglesa, Lengua Francesa, Lengua Valenciana.
- Humanidades: Ciencias Sociales, Formación Religiosa, Vida Moral y
Reflexión Ética.
- Arte y Tecnología: Plástica, Música, Educación
Física, Tecnología.
Cada año se ratificará el
Jefe del Departamento.
Art. 73.- Nombramiento y cese.
El Coordinador de Seminario es nombrado y cesado por el Director General de entre los miembros del Seminario, a propuesta del Director Pedagógico y oído el parecer de los miembros del Seminario.