Departamento Psicopedagógico y de Orientación

Art. 82.- Composición.

El Departamento de Orientación está formado por:

a) El Coordinador de Orientación.
b) El Director/es Pedagógico/s.
c) El Coordinador de Formación.
d) Los Tutores.
e) Los profesores para la atención a la diversidad.

Art. 83.- Competencias.

Son competencias del Departamento de Orientación:

a) Coordinar la elaboración, realización y evaluación de las actividades de orientación de la acción educativa del Centro.
b) Asesorar técnicamente a los órganos del Centro en relación con las adaptaciones curriculares, los programas de refuerzo educativo y los criterios de evaluación y promoción de alumnos.

c) Proporcionar a los alumnos información y orientación sobre alternativas educativas y profesionales.
d) Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación personal, escolar, profesional y de diversificación curricular.
e) Aplicar programas de intervención orientadora de alumnos.
f) Realizar la evaluación psicopedagógica individualizada de los alumnos y elaborar propuestas de intervención.
g) Coordinar, apoyar y ofrecer soporte técnico a actividades de orientación, tutoría, y de formación y perfeccionamiento del profesorado.

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